No residentes IRPF
El IRPF de no residentes se aplica a aquellas personas que han obtenido rentas en España, aunque no residan fiscalmente en nuestro país.

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No residentes IRPF
El Impuesto sobre la Renta de no residentes se aplica en los siguientes casos:
- Rendimientos de trabajo personal derivados directa o indirectamente de una actividad desarrollada en España.
- Explotaciones económicas o rentas de actividades llevadas a cabo en territorio español
- Retribuciones o sueldos de administradores y miembros de consejos de administración si las entidades tienen su domicilio fiscal en España.
- Dividendos y rendimientos de la participación en entidades residentes en España. También se pagará IRPF a no residentes por los derivados de la cesión a terceros de los propios capitales.
- Pensiones y prestaciones derivadas de un empleo prestado en territorio español. Pensionistas residentes en otros países que cobran pensión de España.
- Cánones satisfechos por personas residentes en España, incluyendo derechos de obras artísticas, modelos, patentes, software, etc.
- Rendimientos de bienes inmuebles en situados en territorio español.
- Ganancias patrimoniales derivadas de valores o de otros bienes muebles emitidos por personas o entidades residentes en España.

No residentes IRPF
El Impuesto sobre la Renta de no residentes NO se aplica en los siguientes casos EXENTOS:

- Becas y rentas de la Administración según acuerdos y convenios internacionales de cooperación educativa, científica y cultural.
- Rendimientos de las cuentas en entidades bancarias por personas no residentes en España.
- Rendimientos de deuda pública y valores emitidos en España siempre y cuando no haya habido mediación de establecimiento permanente en el país.
- Beneficios distribuidos en filiales de empresas situados en otros países de la Unión Europea.
- Rentas exentas de IPRF según el artículo 7 de la Ley de IRPF.
- Intereses y rendimientos por la cesión de capitales propios que figuran en el artículo 23.2 de la Ley de IRPF.